Informe técnico anual de situación del Comité de París para el Desarrollo de Capacidades para 2022

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Decisión 19/CP.27

Informe técnico anual de situación del Comité de París para el Desarrollo de Capacidades para 2022

Etiquetas 
Sesión 
COP27
Year 
2022

Gender reference

7. Acoge además con satisfacción la continua colaboración del Comité de París sobre el Fomento de la Capacidad con las Partes y los interesados que no son Partes en el fomento de la capacidad para la acción climática, así como en el tratamiento de cuestiones transversales, como los derechos humanos, la sensibilidad de género, la juventud, la Acción para el Empoderamiento Climático y el conocimiento de los pueblos indígenas, como a través de la Red PCCB, el grupo de coordinación informal para el fomento de la capacidad en el marco de la Convención y el Acuerdo de París, el Foro de Durban sobre el fomento de la capacidad, el Centro de Fomento de la Capacidad y la difusión en los medios sociales;

Elaborated language

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones 2/CP.17, 1/CP.21, 2/CP.22, 16/CP.22, 16/CP.23, 15/CP.24, 8/CP.25 y 12/CP.26,

1. Acoge con satisfacción el informe técnico anual de situación del Comité de París sobre el fomento de la capacidad para 2022 y toma nota de las recomendaciones que contiene; 

2. Invita a las Partes, según proceda, a las entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero, a los órganos constituidos en virtud de la Convención, a las organizaciones de las Naciones Unidas, a los observadores y a otras partes interesadas a que examinen las recomendaciones mencionadas en el párrafo 1 supra y adopten las medidas necesarias, según proceda y de conformidad con sus mandatos;

3. Reconoce los progresos realizados por el Comité de París para el Fomento de la Capacidad en el cumplimiento de su mandato de abordar las lagunas y las necesidades, tanto actuales como emergentes, en la aplicación del fomento de la capacidad en las Partes que son países en desarrollo y de seguir mejorando las actividades de fomento de la capacidad, en particular con respecto a la coherencia y la coordinación de las actividades de fomento de la capacidad en el marco de la Convención;

4. Reconoce también los progresos realizados por el Comité de París sobre el fomento de la capacidad en la ejecución de su plan de trabajo para 2021-20243 sobre la base de las esferas y actividades prioritarias establecidas en el anexo de la decisión 9/CP.25;

5. Acoge con satisfacción el nuevo marco de seguimiento y evaluación del Comité de París para el Fomento de la Capacidad, así como las conclusiones del seguimiento y la evaluación de los productos, los resultados y el impacto y la eficacia de las actividades de su plan de trabajo entre septiembre de 2021 y julio de 2022;

6. Acoge también con satisfacción la labor del Comité de París para el Fomento de la Capacidad en relación con la mejora de la coherencia y la coordinación de las actividades de fomento de la capacidad en el marco de la Convención, incluida su colaboración con los órganos constituidos y otras partes interesadas a este respecto;

7. Acoge además con satisfacción la continua colaboración del Comité de París sobre el Fomento de la Capacidad con las Partes y los interesados que no son Partes en el fomento de la capacidad para la acción climática, así como en el tratamiento de cuestiones transversales, como los derechos humanos, la sensibilidad de género, la juventud, la Acción para el Empoderamiento Climático y el conocimiento de los pueblos indígenas, como a través de la Red PCCB, el grupo de coordinación informal para el fomento de la capacidad en el marco de la Convención y el Acuerdo de París, el Foro de Durban sobre el fomento de la capacidad, el Centro de Fomento de la Capacidad y la difusión en los medios sociales;

8. Toma nota de la esfera de interés para 2023 del Comité de París sobre el fomento de la capacidad de apoyo al fomento de la capacidad para la adaptación, centrándose en abordar las lagunas y las necesidades relacionadas con la formulación y aplicación de planes nacionales de adaptación;

9. Observa que siguen existiendo lagunas y necesidades de capacidad en los países en desarrollo en relación con la aplicación de la Convención;

10. Invita a las Partes y a las instituciones pertinentes, según proceda, a que proporcionen apoyo y recursos al Comité de París para el Fomento de la Capacidad para la ejecución de su plan de trabajo para 2021-2024 a la luz del objetivo del Comité establecido en la decisión 1/CP.21.

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