Anexo I
Funciones revisadas del Centro de Tecnología del Clima
Con el fin de potenciar el impacto de su labor, promover el cambio transformacional y apoyar a las Partes en la labor de hacer plenamente efectivos el desarrollo y la transferencia de tecnología para mejorar la resiliencia al cambio climático y de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, el Centro de Tecnología del Clima facilitará el funcionamiento de una red de redes, organizaciones, plataformas e iniciativas de tecnología mundiales, regionales, nacionales y sectoriales para el desempeño de las siguientes funciones:
a) A petición de las Partes que son países en desarrollo:
i) Proporcionar asesoramiento y apoyo para:
a. Identificar, priorizar y atender las necesidades relacionadas con la tecnología, entre otras cosas respaldando el despliegue de tecnologías climáticas mediante proyectos piloto y proyectos de demostración, difusión y diseminación;
b. Desarrollar entornos propicios;
ii) Prestar apoyo para mejorar los sistemas nacionales de innovación y para potenciar la capacidad de desarrollar tecnologías indígenas y endógenas;
iii) Suministrar información, capacitación y apoyo para los programas destinados a crear o fortalecer la capacidad de las Partes que son países en desarrollo de identificar las opciones tecnológicas y de seleccionar, operar, mantener y adaptar las tecnologías;
iv) Facilitar la pronta actuación para el desarrollo, el despliegue, la difusión y la diseminación de tecnologías en las Partes que son países en desarrollo, sobre la base de las necesidades identificadas;
v) Proporcionar apoyo técnico y logístico a las entidades nacionales designadas para que puedan desempeñar sus funciones;
vi) Prestar apoyo, con arreglo a las directrices y criterios respectivos, para la preparación de propuestas de proyectos que permitan la financiación, el despliegue y el uso de tecnologías existentes para la mitigación y la adaptación;
b) Utilizar enfoques multipaís y programáticos al atender las solicitudes de desarrollo y transferencia de tecnología;
c) Posibilitar y fomentar el desarrollo y la transferencia de tecnologías climáticas mediante la colaboración y las alianzas con entidades del sector privado, organizaciones filantrópicas, instituciones públicas e instituciones académicas y de investigación, así como mediante oportunidades de cooperación tecnológica Norte-Sur, Sur-Sur y triangular;
d) Facilitar el funcionamiento de su Red con el fin de:
i) Cooperar con centros tecnológicos nacionales, regionales e internacionales y con las organizaciones nacionales pertinentes, incluidas aquellas que facilitan la inclusión social y promueven tecnologías que respondan a las cuestiones de género, las tecnologías lideradas por la juventud, las mujeres y los Pueblos Indígenas, así como por las comunidades locales, y las tecnologías endógenas;
ii) Fomentar las alianzas internacionales con interesados de los sectores público y privado para acelerar el desarrollo, el despliegue, la difusión y la diseminación de tecnologías climáticas en los países en desarrollo;
iii) Proporcionar asistencia técnica y capacitación en los países para contribuir al desarrollo y la implementación en los países en desarrollo de las acciones tecnológicas identificadas;
iv) Estimular el establecimiento de arreglos de hermanamiento de centros a fin de promover alianzas Norte-Sur, Sur-Sur y triangulares, con miras a fomentar la cooperación en la investigación, el desarrollo, la demostración y el despliegue;
v) Identificar, difundir y prestar asistencia para desarrollar herramientas analíticas, políticas y mejores prácticas para la planificación dirigida por los países a fin de respaldar el desarrollo, la difusión y la diseminación de tecnologías climáticas;
vi) Proporcionar servicios de búsqueda de asociados con el fin de obtener financiación para la implementación de las tecnologías consideradas necesarias por las Partes que son países en desarrollo;
e) Cooperar con las entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero, el Fondo de Adaptación y los órganos constituidos de la Convención Marco;
f) Evaluar, en coordinación con las entidades designadas a nivel nacional, los resultados y los efectos a largo plazo de la asistencia técnica prestada en respuesta a las solicitudes de las Partes que son países en desarrollo, como parte del marco de seguimiento y evaluación del Centro de Tecnología del Clima;
g) Realizar las demás actividades que sean necesarias para el desempeño de las funciones aquí citadas.