Resultado de la labor del Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención, CTCN

Decisión 2/CP.17

Resultado de la labor del Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención, CTCN

Etiquetas 
Sesión 
COP17
Year 
2011

Gender reference

En los Términos de Referencia para el CTCN, esta decisión afirma que la misión del CTCN es estimular la cooperación tecnológica y mejorar el desarrollo y la transferencia de tecnologías y ayudar a los países Partes en desarrollo a su solicitud, para facilitar la preparación y ejecución de proyectos de tecnología y estrategias que tengan en cuenta las consideraciones de género para respaldar las medidas de mitigación y adaptación y mejorar las bajas emisiones y el desarrollo resistente al clima. Además, al evaluar la institución anfitriona del CTCN, la decisión incluyó criterios sobre la efectividad de la estructura de gestión actual de la organización anfitriona para garantizar la sensibilidad de género.

Elaborated language

Anexo VII

Mandato del Centro y Red de Tecnología del Clima

I. Misión

1. La misión del Centro y Red de Tecnología del Clima es estimular la cooperación tecnológica y fomentar el desarrollo y la transferencia de tecnologías, y prestar asistencia a las Partes que son países en desarrollo, cuando así lo soliciten y de conformidad con sus capacidades respectivas y sus circunstancias y prioridades nacionales, a fin de aumentar o reforzar su capacidad para identificar las necesidades tecnológicas y de facilitar la preparación y la ejecución de proyectos y estrategias de carácter tecnológico, tomando en cuenta las consideraciones de género, con miras a apoyar la labor de mitigación y de adaptación y a fomentar un desarrollo con bajas emisiones y resistente al clima. 

 

Anexo VIII

Criterios que se utilizarán para evaluar y seleccionar a la organización anfitriona del Centro y Red de Tecnología del Clima, e información que deberá incluirse en las propuestas 

C. Estructuras de gobernanza y gestión existentes

4. Las estructuras de gobernanza y gestión existentes de la organización candidata se puntuarán atendiendo a los siguientes subcriterios, que revisten igual importancia:

a) La eficacia de la estructura de gobernanza de la organización candidata y el sistema de que disponga para asegurar la evaluación del desempeño operacional en función de los siguientes elementos: integridad; transparencia; normas fiduciarias y éticas, de conformidad con los principios de las Naciones Unidas; y presentación de informes y rendición de cuentas;

b) Una aptitud demostrada para garantizar una licitación internacional imparcial y abierta para la contratación de servicios, de conformidad con las normas fiduciarias y éticas de las Naciones Unidas;

c) La eficacia de la actual estructura de gestión de la organización anfitriona para asegurar la consideración de las cuestiones de género, la transparencia, la capacidad de respuesta, la flexibilidad, la gestión financiera, las funciones de auditoría y presentación de informes, y la capacidad de ofrecer servicios administrativos, logísticos y de infraestructura de alta calidad y de garantizar el acceso de las Partes que son países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados;

d) La capacidad de gestionar y administrar simultáneamente proyectos múltiples y complejos en los países en desarrollo de manera oportuna, en particular la capacidad de trabajar eficazmente con distintos clientes y grupos de interés en pos de objetivos complementarios y comunes; y la capacidad de evaluar el desempeño operacional de la gestión de proyectos y de adoptar medidas para mejorar su eficacia.  

Si desea leer la decisión completa, incluidos los anexos, consulte la URL aqui

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