Orientaciones adicionales sobre el mecanismo establecido en virtud del artículo 6, párrafo 4, del Acuerdo de París

Decisión 6/CMA.6

Orientaciones adicionales sobre el mecanismo establecido en virtud del artículo 6, párrafo 4, del Acuerdo de París

Etiquetas 
Sesión 
CMA6
Year 
2024

Gender reference

Recordando además el decimoprimer párrafo del preámbulo del Acuerdo de París, donde se reconoce que el cambio climático es un problema de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las Partes deberían respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los Pueblos Indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional,

 

Elaborated language

La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París,

Recordando el mecanismo establecido en virtud del artículo 6, párrafo 4, del Acuerdo de París y los objetivos allí mencionados,

Recordando también el artículo 6, párrafo 1, del Acuerdo de París,

Recordando además el decimoprimer párrafo del preámbulo del Acuerdo de París, donde se reconoce que el cambio climático es un problema de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las Partes deberían respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a la salud, los derechos de los Pueblos Indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional,

Recordando la decisión 3/CMA.3 y su anexo y la decisión 7/CMA.4 y sus anexos,

Recordando también la decisión 2/CMA.3, anexo, párrafos 1 g) y 2,

I. Funcionamiento del mecanismo establecido en virtud del artículo 6, párrafo 4, del Acuerdo de París

1. Pide al Órgano de Supervisión del mecanismo establecido en virtud del artículo 6, párrafo 4, y a la secretaría que velen por que se disponga de los conocimientos técnicos y científicos necesarios para apoyar su labor relativa a las metodologías, la absorción y los elementos operacionales conexos;

2. Pide también al Órgano de Supervisión que, en consulta con los interesados, recurra en mayor medida a expertos científicos y técnicos independientes y a las comunidades locales, e incluya los conocimientos, las ciencias y las prácticas de los Pueblos Indígenas, según proceda, para apoyar su labor, entre otras cosas a través de sus grupos de expertos, con el fin de examinar propuestas según sea necesario y de recibir asesoramiento científico y técnico independiente;

3. Pide además al Órgano de Supervisión que tenga en cuenta los acuerdos ambientales internacionales pertinentes en el desempeño de su labor, en particular al implementar la norma sobre la aplicación de los requisitos previstos en el capítulo V.B (Metodologías) para el diseño y la evaluación de las metodologías del mecanismo del artículo 6.4 , la norma sobre los requisitos para las actividades relacionadas con la absorción en el marco del mecanismo del artículo 6.4 y la herramienta del artículo 6.4 para el desarrollo sostenible ;

4. Pide a la secretaría que refuerce y consolide su capacidad para apoyar al Órgano de Supervisión, en particular en su labor relacionada con la fijación de normas y las cuestiones metodológicas; 

5. Insta al Órgano de Supervisión y a la secretaría a que agilicen el establecimiento del registro del mecanismo y de los procedimientos pertinentes para ello;

6. Pide al Órgano de Supervisión que, al tiempo que asegura que se produzcan mejoras constantes para reflejar la mejor información científica disponible, se esfuerce por garantizar la estabilidad regulatoria evitando que sus normas, herramientas y procedimientos aprobados sean objeto de revisiones sustantivas frecuentes;

7. Pide también a la Presidencia y la Vicepresidencia del Órgano de Supervisión que informen oralmente a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París en cada uno de sus períodos de sesiones sobre los progresos realizados por el Órgano de Supervisión en el desempeño de su labor durante el año natural, atendiendo a sus mandatos;

[...]

 

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