La Conferencia de las Partes,
12. Acoge con beneplácito el apoyo constante del Fondo para el Medio Ambiente Mundial a la innovación respetuosa del clima, y al desarrollo y la transferencia de tecnología y la creación de capacidad conexa, incluso en asociación con agentes del sector privado y otros, y pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que siga prestando ese apoyo, en particular para las evaluaciones de las necesidades tecnológicas, y los planes de acción tecnológicos y su aplicación;
13. Pide también al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que estudie la manera de mejorar su labor en curso para financiar actividades pertinentes para evitar, reducir al mínimo y hacer frente a las pérdidas y los daños, en consonancia con sus mandatos actuales;
14. Alienta al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que prosiga sus esfuerzos para seguir racionalizando, consolidando y aumentando la eficiencia de sus operaciones, incluso simplificando los requisitos de información para diseñar y ejecutar sus proyectos y programas;
15. Acoge con satisfacción los esfuerzos en curso del Fondo para el Medio Ambiente Mundial por mejorar sus normas fiduciarias, de las que son responsables sus organismos de ejecución;
16. Acoge también con satisfacción los esfuerzos en curso del Fondo para el Medio Ambiente Mundial para seguir evaluando y abordando los riesgos inducidos por el actual nivel de concentración de la financiación entre algunos de sus organismos de ejecución;
17. Anima al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a seguir mostrando la flexibilidad adecuada con respecto a las restricciones geográficas en los organismos de ejecución para reducir la concentración de organismos y permitir un alcance geográfico más amplio de sus proyectos, de una manera impulsada por los países;
18. Alienta asimismo al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que inicie una ronda selectiva de ampliación de los organismos de ejecución en el marco de la asociación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, centrándose en las regiones insuficientemente atendidas, en lo que respecta a la cobertura de los organismos de ejecución, en consonancia con las políticas y los procedimientos existentes;
19. Alienta además al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que aumente la coherencia y la complementariedad con otros canales de prestación de financiación para el clima con vistas a mejorar el impacto y la eficacia de su labor y reducir los costes de transacción, entre otras cosas mediante la racionalización y simplificación, cuando sea factible y en la medida de lo posible, de sus procedimientos y directrices, y toma nota de estos esfuerzos en curso;
20. Toma nota de la adopción de la estrategia de participación del sector privado 3 del Fondo para el Medio Ambiente Mundial en la 59ª reunión del Consejo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial y alienta al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que redoble sus esfuerzos para movilizar a los agentes del sector privado y colaborar con ellos durante su octava reposición;
21. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que, con cargo a las asignaciones existentes en el Programa Mundial de Financiación Combinada, siga explorando la asunción de riesgos y fomentando la innovación en el contexto de su programación a fin de utilizar su financiación en condiciones favorables de manera más eficaz y movilizar fondos privados adicionales;
22. Acoge con satisfacción la política sobre igualdad de género adoptada por el Consejo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial y alienta al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que garantice que todos sus organismos de ejecución apliquen esta política;
23. Alienta asimismo al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que siga estudiando formas de prestar apoyo para evaluar las necesidades y prioridades de los países en desarrollo5 de una manera impulsada por los propios países, incluidas las necesidades tecnológicas y de creación de capacidad, y para traducir en acciones las necesidades de financiación para el clima;
24. Invita a las Partes a que presenten a la secretaría sus opiniones y recomendaciones sobre los elementos de orientación para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial a través del portal de presentación de comunicaciones6 a más tardar 12 semanas antes del 29º período de sesiones de la Conferencia de las Partes (noviembre de 2024);
25. Pide al Comité Permanente de Finanzas que tenga en cuenta las presentaciones mencionadas en el párrafo 24 supra al preparar su proyecto de orientación para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y que incluya en su informe anual a la Conferencia de las Partes información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar la orientación proporcionada en la presente decisión 26. Toma nota de la decisión -/CMA.57 y decide transmitir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial la orientación de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París que figura en los párrafos 2 a 12 de esa decisión.