La Conferencia de las Partes,
1. Acoge con satisfacción el informe del Fondo para el Medio Ambiente Mundial a la Conferencia de las Partes en su 27º período de sesiones y su adición, incluida la respuesta del Fondo para el Medio Ambiente Mundial a las orientaciones recibidas de la Conferencia de las Partes;
2. Acoge con beneplácito también la labor realizada por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial durante el período que abarca el informe, comprendido entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, en particular
(a) La aprobación de 86 proyectos y programas de cambio climático en el marco del Fondo Fiduciario del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo Especial para el Cambio Climático;
(b) La integración continua de las prioridades relativas al cambio climático en sus otras esferas de actividad y programas integrados y la evitación o el secuestro previstos de 76,6 millones de toneladas equivalentes de dióxido de carbono logrados gracias a esa integración;
(c) La aplicación continuada de la Visión a Largo Plazo sobre Complementariedad, Coherencia y Colaboración entre el Fondo Verde para el Clima y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial;
(d) La creación de una ventana competitiva en el Sistema para la Asignación Transparente de Recursos que asciende al 8% de la asignación del Sistema para la Asignación Transparente de Recursos para los cinco principales países receptores en el marco de este sistema;
3. Acoge además con satisfacción la conclusión de la octava reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial con 5.330 millones de USD, al tiempo que toma nota de que los recursos globales disponibles para la programación para el área focal del cambio climático en la octava reposición aumentaron un 6% en comparación con los recursos disponibles en la séptima reposición;
4. Acoge con satisfacción el enfoque de programación integrada del Fondo para el Medio Ambiente Mundial en sus cinco áreas focales3 , que debería ayudarle a maximizar los beneficios medioambientales globales de su apoyo;
5. Toma nota de la adopción de la estrategia de participación del sector privado4 por el Consejo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial en su 59ª reunión y del instrumento renovado de no subvención en el marco de la octava reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, y alienta al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que redoble sus esfuerzos para movilizar al sector privado y colaborar con él durante el período de la octava reposición;
6. Acoge con beneplácito el aumento de la asignación de recursos a los pequeños Estados insulares en desarrollo y a los países menos adelantados en la octava reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial en el marco del Sistema de Asignación Transparente de Recursos, incluso mediante la armonización de los niveles mínimos de los pequeños Estados insulares en desarrollo con los niveles mínimos de los países menos adelantados y el aumento de estos niveles mínimos a 8 millones de dólares de los Estados Unidos;
7. Aprecia los esfuerzos de la secretaría del Fondo para el Medio Ambiente Mundial para ampliar la financiación de la adaptación para los pequeños Estados insulares en desarrollo mediante la designación de una ventanilla específica en el marco del Fondo especial para el cambio climático para apoyar las necesidades de adaptación de los pequeños Estados insulares en desarrollo y alienta a que continúen y aumenten las contribuciones voluntarias de recursos financieros al Fondo para los Países Menos Adelantados y al Fondo especial para el cambio climático en consonancia con la estrategia de programación 2022-2026 del Fondo para el Medio Ambiente Mundial sobre la adaptación al cambio climático para el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo especial para el cambio climático;
8. Alienta también al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que, al administrar el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo Especial para el Cambio Climático, apoye a las Partes que son países en desarrollo en la aplicación de los planes nacionales de adaptación y otros procesos nacionales de planificación de la adaptación, e insta a las Partes que son países desarrollados a que aumenten sus contribuciones voluntarias al Fondo para los Países Menos Adelantados y al Fondo Especial para el Cambio Climático;
9. Alienta al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que se esfuerce por aplicar su estrategia de programación sobre la adaptación al cambio climático para el Fondo para los Países Menos Adelantados y el Fondo Especial para el Cambio Climático durante la octava reposición del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, a fin de ayudar eficazmente a los países en desarrollo;
10. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que siga fomentando una mayor diversidad de sus organismos de ejecución, aprovechando las ventajas comparativas de los distintos organismos y teniendo en cuenta las prioridades de los países receptores;
11. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que aumente su apoyo, en el marco de su mandato, a la aplicación del programa de trabajo de Lima reforzado en materia de género y de su plan de acción en materia de género;
12. Alienta a la secretaría del Fondo para el Medio Ambiente Mundial a que recomiende nuevas medidas de racionalización destinadas a reducir los costes de transacción para todos los organismos de ejecución, reducir los costes administrativos y facilitar un mayor acceso de los bancos multilaterales de desarrollo;
13. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que informe sobre sus esfuerzos para alcanzar el aumento del límite máximo de financiación por proyecto en el marco de su Programa de Pequeñas Subvenciones, acordado durante el octavo proceso de reposición;
14. Acoge con satisfacción el compromiso del Fondo para el Medio Ambiente Mundial de mantener un nivel ambicioso de co-beneficios climáticos directos e indirectos en su octava reposición;
15. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que siga estudiando formas de prestar apoyo a las Partes que son países en desarrollo para que evalúen sus necesidades y prioridades en función de las necesidades de cada país, incluidas las necesidades en materia de tecnología y creación de capacidad, y para que traduzcan en acciones las necesidades de financiación de la lucha contra el cambio climático. Insta a que se siga mejorando el apoyo prestado por el Fondo para el Medio Ambiente Mundial a las actividades relacionadas con la formación tecnológica, la financiación del desarrollo y la transferencia de tecnología y la creación de capacidad;
17. Alienta el compromiso continuo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial con el Fondo Verde para el Clima, incluso en la aplicación de la Visión a largo plazo sobre complementariedad, coherencia y colaboración entre el Fondo Verde para el Clima y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial;
18. Pide al Fondo para el Medio Ambiente Mundial, según proceda, que garantice que sus políticas y procedimientos relacionados con el examen y la revisión de las propuestas de financiación se sigan debidamente de manera eficiente;
19. Invita a las Partes a presentar sus opiniones y recomendaciones sobre elementos de orientación para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial a través del portal de presentación7 a más tardar 10 semanas antes del 28º período de sesiones de la Conferencia de las Partes (noviembre-diciembre de 2023);
20. Pide al Comité Permanente de Finanzas que tenga en cuenta las presentaciones mencionadas en el párrafo 19 supra al preparar su proyecto de orientación para el Fondo para el Medio Ambiente Mundial para su examen por la Conferencia de las Partes en su 28º período de sesiones y la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París en su quinto período de sesiones (noviembre-diciembre de 2023);
21. Pide también al Fondo para el Medio Ambiente Mundial que incluya en su informe anual a la Conferencia de las Partes información sobre las medidas que haya adoptado para aplicar las orientaciones proporcionadas en la presente decisión;
22. Toma nota de la decisión -/CMA.48 y decide transmitir al Fondo para el Medio Ambiente Mundial las orientaciones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París que figuran en los párrafos 2 a 10 de esa decisión.