La Conferencia de las Partes,
Recordando las decisiones 1/CP.10 y 2/CP.11,
1. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico que, en su 38º período de sesiones, reconsidere las esferas de trabajo del programa de trabajo de Nairobi sobre los efectos, la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático a fin de formular recomendaciones a la Conferencia de las Partes en su 19º período de sesiones sobre la mejor forma de apoyar los objetivos del programa de trabajo de Nairobi; este proceso serviría también para orientar mejor la organización de futuras y posibles esferas de trabajo que podrían además respaldar la labor científica y técnica realizada en virtud del Marco de Adaptación de Cancún, según corresponda;
2. Invita a las Partes y a las organizaciones pertinentes a que presenten a la secretaría, a más tardar el 17 de septiembre de 2012, sus opiniones sobre futuras y posibles esferas de trabajo del programa de trabajo de Nairobi;
3. Pide a la secretaría que recopile esa información en un documento de la serie MISC para que el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico lo examine en su 38º período de sesiones, a fin de usarlo para orientar el proceso mencionado en el párrafo 1 supra;
4. Pide también a la secretaría que, en colaboración con las organizaciones asociadas al programa de trabajo de Nairobi y otras organizaciones pertinentes, organice los siguientes talleres, a partir de la información que figura en el anexo I del informe del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico sobre su 34º período de sesiones1 y de las opiniones presentadas posteriormente por las Partes, y que incluya en ellos como cuestiones transversales los conocimientos y prácticas indígenas y tradicionales para la adaptación y enfoques e instrumentos que tengan en cuenta consideraciones de género:
a) Un taller técnico, antes del 37º período de sesiones del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico, sobre el agua y los efectos del cambio climático y las estrategias de adaptación a este;
b) Un taller técnico sobre los enfoques basados en los ecosistemas para la adaptación al cambio climático, antes del 38º período de sesiones del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico, que tenga en cuenta la función de los ecosistemas, incluidos los bosques, en la adaptación; la vulnerabilidad y las repercusiones en los ecosistemas; la aplicación y las ventajas de los enfoques basados en los ecosistemas para la adaptación; y las lecciones aprendidas, particularmente en el ámbito de las tres convenciones de Río;
5. Pide además a la secretaría que prepare informes sobre los talleres mencionados en los párrafos 4 a) y b) supra, que se presentarán, respectivamente, en los períodos de sesiones 37º y 38º del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico;
6. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico que, en su 39º período de sesiones, estudie la información y el asesoramiento que procedan sobre los aspectos científicos, técnicos y socioeconómicos de los efectos, la vulnerabilidad y la adaptación al cambio climático dimanantes de la aplicación del programa de trabajo de Nairobi para su examen por otros órganos competentes en virtud de la Convención;
7. Pide también a la secretaría que prepare una recopilación de los estudios de casos sobre procesos nacionales de planificación de la adaptación, que incluya los instrumentos y enfoques utilizados para el establecimiento de un orden de prioridad entre las medidas y su aplicación, basándose además en las actividades de planificación de la adaptación realizadas hasta la fecha en el marco del programa de trabajo de Nairobi, antes del 37º período de sesiones del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico;
8. Pide además que la secretaría, a fin de que las Partes aprovechen mejor los productos de información y conocimientos elaborados en el marco del programa de trabajo de Nairobi:
a) Siga elaborando productos de información y conocimientos fáciles de utilizar, incluidos los aportados por organizaciones asociadas;
b) Mejore la difusión de los productos de información y conocimientos elaborados en el marco del programa de trabajo de Nairobi;
9. Invita a las Partes, con el fin de permitirles aprovechar mejor los productos de información y conocimientos elaborados en el marco del programa de trabajo de Nairobi, a que difundan los resultados del programa de trabajo de Nairobi que se consideren útiles para la evaluación y ejecución de las medidas de adaptación, y a que apoyen su traducción a otros idiomas de las Naciones Unidas;
10. Pide a la secretaría que siga adelante con sus esfuerzos para lograr una mayor participación de las partes interesadas en el programa de trabajo de Nairobi;
11. Alienta a las organizaciones asociadas al programa de trabajo de Nairobi y otras partes interesadas a que redoblen sus esfuerzos velando por un mejor ajuste entre las promesas realizadas y las necesidades de las Partes, y a que presenten, por conducto de la secretaría, información periódica a las Partes sobre la ejecución de las medidas prometidas;
12. Toma nota de la utilidad del foro de funcionarios de enlace para facilitar el intercambio de información y la colaboración entre organizaciones asociadas;
13. Invita a las Partes y a las organizaciones pertinentes a que sigan facilitando esos intercambios, con miras a mejorar la aplicación del programa de trabajo de Nairobi;
14. Insta a las Partes incluidas en el anexo II de la Convención, y a las demás Partes que estén en condiciones de hacerlo, a que presten apoyo financiero para la aplicación del programa de trabajo de Nairobi;
15. Toma nota de las consecuencias presupuestarias estimadas que entraña la aplicación de la presente decisión, según ha informado la secretaría;
16. Pide que las medidas de la secretaría se adopten con sujeción a la disponibilidad de recursos financieros.