Programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh sobre el objetivo mundial de adaptación mencionado en la decisión 7/CMA.3

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Decisión 7/CMA.4

Programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh sobre el objetivo mundial de adaptación mencionado en la decisión 7/CMA.3

Etiquetas 
Sesión 
CMA4
Year 
2022

Gender reference

10. Decide además que el marco, mediante el enfoque estructurado mencionado en el párrafo 8 supra, podrá tomar en consideración, entre otras cosas:

(c) Consideraciones transversales: enfoques impulsados por los países, sensibles a las cuestiones de género, participativos y plenamente transparentes, enfoques basados en los derechos humanos, la equidad intergeneracional y la justicia social, teniendo en cuenta los grupos vulnerables, las comunidades y los ecosistemas, y las soluciones basadas en la naturaleza, y basados y orientados por los mejores conocimientos científicos disponibles, incluidos indicadores, parámetros y objetivos basados en la ciencia, según proceda, los conocimientos tradicionales, los conocimientos de los pueblos indígenas y los sistemas de conocimientos locales, la adaptación basada en los ecosistemas, las soluciones basadas en la naturaleza, la adaptación basada en la comunidad, la reducción del riesgo de desastres y los enfoques intersectoriales con miras a integrar la adaptación en las políticas y acciones socioeconómicas y ambientales pertinentes, cuando proceda;

20. Pide también a los presidentes de los órganos subsidiarios que seleccionen temas para los talleres que se celebrarán en 2023, teniendo en cuenta las siguientes esferas:

(e) La sensibilidad a las cuestiones de género; la equidad intergeneracional y de género y la justicia social; la adaptación basada en los ecosistemas y las comunidades; la gobernanza a nivel local, nacional y regional; los enfoques transfronterizos; la participación del sector privado; los conocimientos tradicionales, locales y de los pueblos indígenas; y los derechos humanos;

Elaborated language

La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París,

Recordando el párrafo 1 del artículo 7 del Acuerdo de París, en el que las Partes establecieron el objetivo mundial relativo a la adaptación de mejorar la capacidad de adaptación, fortalecer la resiliencia y reducir la vulnerabilidad al cambio climático con miras a contribuir al desarrollo sostenible y asegurar una respuesta de adaptación adecuada en el contexto del objetivo de temperatura mencionado en el artículo 2 del Acuerdo,

Recordando asimismo la decisión 7/CMA.3,

Destacando que los esfuerzos para alcanzar el objetivo mundial de adaptación deben centrarse en reducir los crecientes efectos adversos, riesgos y vulnerabilidades asociados al cambio climático,

1. Acoge con satisfacción los cuatro talleres celebrados en el marco del programa de trabajo Glasgow-Sharm el-Sheikh sobre el objetivo mundial de adaptación en 2022;

2. Expresa su agradecimiento a los presidentes de los órganos subsidiarios por su orientación sobre y a la secretaría por su apoyo en la realización de talleres informativos y atractivos en el marco del programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh en 2022, así como a los moderadores, expertos, Partes y partes interesadas que no son Partes que participaron en los talleres por sus contribuciones y compromiso;

3. Expresa también su agradecimiento al Gobierno de Maldivas por acoger un taller informal de lanzamiento y al Gobierno de Egipto por acoger el tercer taller en el marco del programa de trabajo Glasgow-Sharm el-Sheikh en 2022;

4. Observa que el informe anual único sobre los talleres a que se hace referencia en el párrafo 16 de la decisión 7/CMA.3 y los resúmenes de cada taller que en él figuran servirán de aportación a las nuevas consideraciones de las Partes en el marco del programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh;

5. Toma nota con reconocimiento de la recopilación y síntesis de indicadores, enfoques, metas y parámetros para examinar los progresos generales en la consecución del objetivo mundial sobre la adaptación2, 3 , basándose en el informe técnico de 2021 del Comité de Adaptación;

6. Toma nota de los retos relacionados con la celebración virtual de los talleres de 2022 en el marco del programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh, con la preparación oportuna de dichos talleres y con la elaboración del informe anual único sobre dichos talleres5 a tiempo para su examen en el presente período de sesiones;

7. Reconoce que la adaptación es un desafío global al que todos nos enfrentamos con dimensiones locales, subnacionales, nacionales, regionales e internacionales, y que es un componente clave de la respuesta global a largo plazo al cambio climático para proteger a las personas, los medios de vida y los ecosistemas, y contribuye a ella;

8. Decide iniciar la elaboración de un marco para el objetivo mundial sobre la adaptación que se llevará a cabo mediante un enfoque estructurado en el marco del programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh en 2023, que contenga los elementos mencionados en el párrafo 10 infra, con miras a que el marco se adopte en el quinto período de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París (noviembre-diciembre de 2023);

9. Decide también que el marco a que se hace referencia en el párrafo 8 supra guiará el logro del objetivo mundial sobre la adaptación y el examen de los progresos generales en su consecución con miras a reducir los crecientes efectos adversos, riesgos y vulnerabilidades asociados al cambio climático, así como a mejorar las medidas y el apoyo a la adaptación;

10. Decide además que el marco, mediante el enfoque estructurado mencionado en el párrafo 8 supra, podrá tomar en consideración, entre otras cosas

(a) Dimensiones (ciclo iterativo de adaptación): evaluación del impacto, la vulnerabilidad y el riesgo; planificación; aplicación; y seguimiento, evaluación y aprendizaje; reconociendo que el apoyo en términos de financiación, creación de capacidad y transferencia de tecnología es una consideración en cada etapa del ciclo;

(b) Temas: agua; alimentación y agricultura; ciudades, asentamientos e infraestructuras clave; salud; pobreza y medios de subsistencia; ecosistemas terrestres y de agua dulce; y océanos y ecosistemas costeros; patrimonio cultural tangible; regiones montañosas; y biodiversidad;

(c) Consideraciones transversales: enfoques impulsados por los países, sensibles a las cuestiones de género, participativos y plenamente transparentes, enfoques basados en los derechos humanos, la equidad intergeneracional y la justicia social, teniendo en cuenta los grupos vulnerables, las comunidades y los ecosistemas, y las soluciones basadas en la naturaleza, y basados y orientados por los mejores conocimientos científicos disponibles, incluidos indicadores, parámetros y objetivos basados en la ciencia, según proceda, los conocimientos tradicionales, los conocimientos de los pueblos indígenas y los sistemas de conocimientos locales, la adaptación basada en los ecosistemas, las soluciones basadas en la naturaleza, la adaptación basada en la comunidad, la reducción del riesgo de desastres y los enfoques intersectoriales con miras a integrar la adaptación en las políticas y acciones socioeconómicas y ambientales pertinentes, cuando proceda;

(d) Fuentes de información, incluidas las mencionadas en el párrafo 37 de la decisión 19/CMA.1, a saber

(i) Los informes y comunicaciones de las Partes, en particular los presentados en el marco del Acuerdo de París y la Convención;

(ii) Los últimos informes del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático;

(iii) Los informes de los órganos subsidiarios

(iv) Los informes de los órganos constituidos y foros pertinentes y de otros arreglos institucionales en el marco del Acuerdo de París y/o la Convención o al servicio de ellos;

(v) Los informes de síntesis de la secretaría mencionados en el párrafo 23 de esa decisión;

(vi) Los informes pertinentes de los organismos de las Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales, que deberían apoyar el proceso de la Convención Marco;

(vii) Las comunicaciones voluntarias de las Partes, en particular sobre las aportaciones para fundamentar las consideraciones de equidad en el marco del balance mundial;

(viii) Informes pertinentes de grupos e instituciones regionales;

(ix) Presentaciones de partes interesadas que no sean Partes y de organizaciones observadoras de la CMNUCC;

11. Decide revisar el marco mencionado en el párrafo 8 supra antes del segundo balance mundial;

12. Decide asimismo que los cuatro talleres previstos en el programa de trabajo Glasgow-Sharm el-Sheikh en 2023 se celebrarán todos en persona, con la opción disponible para los participantes de participar activamente de forma virtual;

13. Decide además celebrar el primer taller en 2023 a más tardar en marzo y el cuarto taller en 2023 a más tardar seis semanas antes del quinto período de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París;

14. Pide a la secretaría que publique el informe anual único sobre los talleres de 2023 a más tardar tres semanas antes del quinto período de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París;

15. Pide también a la secretaría que incluya en el informe anual único un análisis de los resultados de los talleres y que prepare, con la orientación de los presidentes de los órganos subsidiarios, un resumen de cada taller que se publicará antes de cada taller subsiguiente para su examen en el 59º período de sesiones de los órganos subsidiarios (noviembre-diciembre de 2023);

16. Invita a las Partes y a los observadores a que presenten antes de finales de febrero de 2023, a través del portal de presentación de comunicaciones, sus contribuciones y opiniones sobre los talleres que se celebrarán en 2023, incluidas las cuestiones relacionadas con los temas de dichos talleres;

17. Invita asimismo a las Partes y observadores que lo deseen a presentar en el transcurso de 2023, a través del portal de presentación de comunicaciones, opiniones adicionales sobre los talleres que se celebrarán en 2023, señalando que las opiniones relativas a un taller específico deberán presentarse con tres semanas de antelación a su celebración;

18. Invita además a las Partes y observadores que lo deseen a que, tras el último taller, en 2023, presenten sus opiniones sobre los resultados y la labor realizada en el marco del programa de trabajo de Glasgow-Sharm el-Sheikh a través del portal de presentación antes del quinto período de sesiones de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París;

19. Pide a los Presidentes de los órganos subsidiarios que, con el apoyo de la secretaría, preparen una nota conceptual y preguntas orientativas, que abarquen temas y esferas de trabajo para cada taller sobre la base de los elementos que figuran en el párrafo 10 supra, al menos con dos semanas de antelación, teniendo en cuenta las comunicaciones mencionadas en los párrafos 16 a 17 supra;

20. Pide también a los presidentes de los órganos subsidiarios que seleccionen temas para los talleres que se celebrarán en 2023, teniendo en cuenta las siguientes esferas

(a) Fijación de objetivos, métricas, metodologías e indicadores para el objetivo global sobre adaptación;

(b) Los medios de aplicación para alcanzar el objetivo mundial de adaptación;

(c) Las etapas de un ciclo iterativo de adaptación: evaluación de riesgos e impactos; planificación; implementación; y seguimiento, evaluación y aprendizaje;

(d) Los sistemas y sectores establecidos en la contribución del Grupo de Trabajo II al Sexto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, con especial atención a la exploración de opciones para intensificar los esfuerzos por integrar la adaptación en las áreas o sectores prioritarios nacionales;

(e) La sensibilidad a las cuestiones de género; la equidad intergeneracional y de género y la justicia social; la adaptación basada en los ecosistemas y las comunidades; la gobernanza a nivel local, nacional y regional; los enfoques transfronterizos; la participación del sector privado; los conocimientos tradicionales, locales y de los pueblos indígenas; y los derechos humanos;

(g) Cambios en las mentalidades y visiones del mundo hacia la transformación en la adaptación, con la inclusión de la sabiduría, los valores y los conocimientos de los pueblos indígenas;

(h) Investigaciones científicas recientes pertinentes para el objetivo mundial sobre la adaptación;

(i) El balance mundial;

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