Plan de Implementación de Sharm el-Sheikh

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Decisión 1/CP.27

Plan de Implementación de Sharm el-Sheikh

Etiquetas 
Sesión 
COP27
Year 
2022

Gender reference

Reconociendo que el cambio climático es un problema de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las Partes deberían respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional,

XVI. Refuerzo de la implementación: intervención de los interesados que no son Partes

57. Alienta a las Partes a que aumenten la participación plena, genuina e igualitaria de las mujeres en la acción climática y a que velen por que la labor y los medios de aplicación respondan a las cuestiones de género, entre otras cosas ejecutando íntegramente el programa de trabajo de Lima sobre el género y su plan de acción sobre el género, con el fin de aumentar la ambición climática y lograr los objetivos de la acción climática;

58. Invita a las Partes a que proporcionen apoyo a los países en desarrollo para emprender acciones relacionadas con el género y aplicar el plan de acción sobre el género;

Elaborated language

La Conferencia de las Partes,

Recordando las decisiones 1/CP.19, 1/CP.20, 1/CP.21, 1/CP.22, 1/CP.23, 1/CP.24, 1/CP.25 y 1/CP.26,

Haciendo notar la decisión 1/CMA.4, Guiada por la ciencia y sus principios,

Reafirmando los resultados de todos los anteriores períodos de sesiones de la Conferencia de las Partes, la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto y la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París, y en particular las decisiones 1/CP.26, 1/CMP.16 y 1/CMA.3 (el Pacto de Glasgow por el Clima),

Reafirmando también el papel fundamental del multilateralismo basado en los valores y principios de las Naciones Unidas, también en el contexto de la aplicación de la Convención y del Acuerdo de París, y la importancia de la cooperación internacional para hacer frente a los problemas mundiales, incluido el cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza,

Observando la importancia que tiene, para los esfuerzos contra el cambio climático, la transición hacia estilos de vida y pautas de consumo y producción sostenibles,

Observando también la importancia de adoptar un enfoque de la educación que promueva un cambio en los estilos de vida y, al mismo tiempo, fomente modelos de desarrollo y sostenibilidad basados en cuidar de los demás, en la comunidad y en la cooperación,

Reconociendo que el cambio climático es un problema de toda la humanidad y que, al adoptar medidas para hacerle frente, las Partes deberían respetar, promover y tener en cuenta sus respectivas obligaciones relativas a los derechos humanos, el derecho a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible, el derecho a la salud, los derechos de los pueblos indígenas, las comunidades locales, los migrantes, los niños, las personas con discapacidad y las personas en situaciones vulnerables y el derecho al desarrollo, así como la igualdad de género, el empoderamiento de la mujer y la equidad intergeneracional,

Observando la importancia de garantizar la integridad de todos los ecosistemas, incluidos los de los bosques, los océanos y la criosfera, y la protección de la biodiversidad, reconocida por algunas culturas como la Madre Tierra, y observando también la importancia que tiene la “justicia climática”, al adoptar medidas para hacer frente al cambio climático,

Poniendo de relieve que el refuerzo eficaz de la acción climática debería efectuarse de una manera justa e inclusiva que al mismo tiempo minimice las repercusiones sociales o económicas negativas que puedan derivarse de la acción climática,

Reconociendo la prioridad fundamental de salvaguardar la seguridad alimentaria y acabar con el hambre, y la particular vulnerabilidad de los sistemas de producción de alimentos a los efectos adversos del cambio climático,

Reconociendo también que la protección, conservación y restauración de los sistemas hidrológicos y los ecosistemas relacionados con el agua tienen un papel crucial en la obtención de beneficios y beneficios secundarios para la adaptación al cambio climático, preservando al mismo tiempo las salvaguardias sociales y ambientales,

1. Subraya la urgente necesidad de hacer frente, de manera global y sinérgica, a las crisis mundiales interrelacionadas que son el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, en el contexto general de la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la importancia vital de proteger, conservar, restaurar y utilizar de forma sostenible la naturaleza y los ecosistemas para lograr una acción climática eficaz y sostenible;

2. Reconoce que los efectos del cambio climático agudizan las crisis mundiales energética y alimentaria, y viceversa, especialmente en los países en desarrollo;

3. Destaca que la situación geopolítica mundial, cada vez más compleja y difícil, y sus repercusiones en la situación energética, alimentaria y económica, así como las dificultades adicionales asociadas a la recuperación socioeconómica tras la pandemia de enfermedad por el coronavirus de 2019, no deberían aducirse como pretexto para dar marcha atrás en la acción climática, dejar que esta se malogre o quitarle prioridad;

I. Ciencia y urgencia

4. Acoge con beneplácito las contribuciones de los Grupos de Trabajo II y III al Sexto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático;

5. Reconoce la importancia que tiene la mejor información científica disponible para la efectividad de la acción climática y de la formulación de políticas en la materia;

6. Toma nota de los informes del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente sobre la brecha de adaptación y la brecha en materia de emisiones de 2022, así como de los recientes informes mundiales y regionales de la Organización Meteorológica Mundial sobre el estado del clima;

7. Reitera que los efectos del cambio climático con un aumento de la temperatura de 1,5 oC serán mucho menores que los derivados de un aumento de 2 oC y resuelve realizar esfuerzos adicionales para limitar el aumento de la temperatura a 1,5 oC;

8. Reconoce los efectos del cambio climático en la criosfera y la necesidad de entender mejor dichos efectos, y en particular los puntos de inflexión;

II. Reforzar la ambición y la implementación

9. Resuelve efectuar transiciones ambiciosas, justas, equitativas e inclusivas hacia un desarrollo bajo en emisiones y resiliente al clima, en consonancia con los principios y objetivos de la Convención, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París, teniendo en cuenta la presente decisión, el Pacto de Glasgow por el Clima y otras decisiones pertinentes de la Conferencia de las Partes y de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París;

10. Expresa aprecio a los Jefes de Estado y de Gobierno que participaron en la Cumbre de la Implementación para el Clima de Sharm el-Sheikh por su apoyo para reforzar y acelerar la ejecución de la acción climática;

III. Energía

11. Pone de relieve la urgente necesidad de que las Partes reduzcan de forma inmediata, acusada, rápida y sostenida las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero en todos los sectores pertinentes, entre otras cosas potenciando el uso de las energías renovables y de bajas emisiones, las alianzas para la transición energética justa y otras medidas de cooperación;

12. Reconoce que esta crisis energética mundial sin precedentes subraya la urgencia de transformar rápidamente los sistemas energéticos para hacerlos más seguros, fiables y resilientes, entre otras cosas acelerando las transiciones limpias y justas hacia las energías renovables durante esta década de acción crucial;

13. Destaca la importancia de potenciar una combinación de fuentes de energía limpias, que incluya las energías renovables y de bajas emisiones, a todos los niveles, como parte de la diversificación de las canastas de energía y los sistemas energéticos, con arreglo a las circunstancias nacionales, y reconociendo que se necesita apoyo para lograr transiciones justas;

IV. Mitigación

14. Reconoce que para limitar el calentamiento global a 1,5 oC se requiere una reducción rápida, acusada y sostenida de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero que para 2030 sea del 43 % con respecto al nivel de 2019;

15. Reconoce también que ello requiere una aceleración de la acción en esta década crucial, sobre la base de la equidad y los mejores conocimientos científicos disponibles, reflejando las responsabilidades comunes pero diferenciadas y las capacidades respectivas, a la luz de las diferentes circunstancias nacionales y en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza;

16. Exhorta a las Partes a que aceleren el desarrollo, el despliegue y la difusión de tecnologías y la adopción de políticas para la transición hacia sistemas energéticos con bajas emisiones, entre otras cosas incrementando rápidamente la generación de energía limpia y el despliegue de medidas de eficiencia energética, lo que incluye la aceleración de los esfuerzos para la reducción gradual de la energía del carbón generada sin medidas de mitigación y la eliminación gradual de las subvenciones ineficientes a los combustibles fósiles, prestando al mismo tiempo un apoyo específico a los más pobres y vulnerables, con arreglo a las circunstancias nacionales, y reconociendo que se necesita apoyo para lograr una transición justa;

17. Reitera su invitación a las Partes para que estudien nuevas medidas para reducir de aquí a 2030 las emisiones de gases de efecto invernadero distintos del dióxido de carbono, entre ellos el metano;

18. Pone de relieve la importancia de proteger, conservar y restaurar la naturaleza y los ecosistemas para alcanzar el objetivo de temperatura del Acuerdo de París, en particular mediante los bosques y otros ecosistemas terrestres y marinos, pues actúan como sumideros y reservorios de gases de efecto invernadero, y mediante la protección de la biodiversidad, y de preservar al mismo tiempo las salvaguardias sociales y ambientales;

19. Reconoce la importancia de maximizar las repercusiones económicas y sociales positivas de las medidas de respuesta y minimizar las negativas, y acoge con beneplácito la adopción de las decisiones 20/CP.27, 7/CMP.17 y 23/ CMA.4;

V. Adaptación

20. Observa con suma preocupación la brecha existente entre los niveles actuales de adaptación y los niveles necesarios para responder a los efectos adversos del cambio climático, según las conclusiones de la contribución del Grupo de Trabajo II al Sexto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático;

21. Insta a las Partes a que adopten un enfoque transformador para fomentar la capacidad de adaptación, reforzar la resiliencia y reducir la vulnerabilidad al cambio climático;

22. Insta también a las Partes que son países desarrollados a que aumenten de manera urgente y significativa su aporte de financiación para el clima, transferencia de tecnología y fomento de la capacidad para la adaptación, con el fin de responder a las necesidades de las Partes que son países en desarrollo como parte de un esfuerzo mundial, entre otras cosas para la formulación e implementación de los planes nacionales de adaptación y las comunicaciones sobre la adaptación;

23. Resalta el papel del Fondo para los Países Menos Adelantados y del Fondo Especial para el Cambio Climático en el apoyo a las medidas adoptadas por los países en desarrollo para hacer frente al cambio climático, acoge con beneplácito las promesas de contribución a los dos Fondos e invita a los países desarrollados a seguir contribuyendo a ambos;

24. Pone de relieve la importancia de proteger, conservar y restaurar los ecosistemas acuáticos y los relacionados con el agua, incluidas las cuencas fluviales, los acuíferos y los lagos, e insta a las Partes a integrar más el agua en su labor de adaptación;

VI. Pérdidas y daños

25. Observa con suma preocupación que, según la información contenida en las contribuciones de los Grupos de Trabajo II y III al Sexto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, la gravedad, el alcance y la frecuencia de las pérdidas y los daños asociados a los efectos adversos del cambio climático aumentan en todas las regiones, dando lugar a pérdidas devastadoras económicas y no económicas, como son los desplazamientos forzados y el impacto en el patrimonio cultural, la movilidad de las personas y la vida y los medios de subsistencia de las comunidades locales, y subraya la importancia de dar una respuesta adecuada y eficaz a las pérdidas y los daños;

26. Expresa profunda preocupación ante los importantes costos financieros que las pérdidas y los daños entrañan para los países en desarrollo, los cuales se traducen en un aumento de la carga de la deuda y dificultan la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible;

27. Acoge con beneplácito que, por primera vez, se hayan debatido las cuestiones relativas a los arreglos de financiación para dar respuesta a las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, con énfasis en afrontar las pérdidas y los daños, en el marco de la Conferencia de las Partes y de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París, y acoge con beneplácito también la adopción de las decisiones 2/CP.27 y 2/CMA.4, sobre las cuestiones relativas a los arreglos de financiación para dar respuesta a las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático;

28. Acoge con beneplácito además la adopción de las decisiones 11/CP.27 y 12/CMA.4, por las que se establecen los arreglos institucionales de la red de Santiago para evitar, reducir al mínimo y afrontar las pérdidas y los daños relacionados con los efectos adversos del cambio climático, a fin de permitir su plena puesta en funcionamiento, incluido el apoyo a la función que se le ha encomendado de catalizar asistencia técnica para la aplicación de enfoques pertinentes a nivel local, nacional y regional en los países en desarrollo que son particularmente vulnerables a los efectos adversos del cambio climático, y afirma su determinación de seleccionar para 2023 la entidad anfitriona de la secretaría de la red de Santiago mediante un proceso de selección llevado a cabo de manera abierta, transparente, imparcial y neutral, de conformidad con el proceso descrito en los párrafos 19 a 23 de las decisiones arriba mencionadas;

VII. Alerta temprana y observación sistemática

29. Pone de relieve la necesidad de suplir las carencias existentes en el sistema mundial de observación del clima, en particular en los países en desarrollo, y reconoce que un tercio del mundo, incluido el 60 % de África, no tiene acceso a servicios de alerta temprana e información sobre el clima, y que es necesario coordinar mejor las actividades de las entidades dedicadas a la observación sistemática y aumentar la capacidad de aportar información sobre el clima que sea útil y que permita pasar a la acción en materia de mitigación, adaptación y sistemas de alerta temprana, así como información que permita comprender los límites de adaptación y la atribución de los fenómenos extremos;

30. Acoge con beneplácito y reitera el llamamiento del Secretario General de las Naciones Unidas realizado en el Día Meteorológico Mundial, el 23 de marzo de 2022, de que se proteja a todos los habitantes de la Tierra haciendo universal, a lo largo de los próximos cinco años, la cobertura de los sistemas de alerta temprana contra los fenómenos meteorológicos extremos y el cambio climático, e invita a los asociados para el desarrollo, a las instituciones financieras internacionales y a las entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero a que presten apoyo para la puesta en práctica de la iniciativa Alertas Tempranas para Todos;

VIII. Implementación: trayectorias hacia una transición justa

31. Afirma que las soluciones sostenibles y justas a la crisis climática deben basarse en un diálogo social sustancial y eficaz y en la participación de todos los interesados, y observa que la transición mundial hacia las bajas emisiones ofrece oportunidades y desafíos para el desarrollo económico sostenible y la erradicación de la pobreza;

32. Pone de relieve que una transición justa y equitativa comporta trayectorias cuyas dimensiones incluyen la energía, los aspectos socioeconómicos, la fuerza laboral y otras cuestiones, todas las cuales deben basarse en las prioridades de desarrollo que cada país defina e incluir la protección social, a fin de mitigar las repercusiones que la transición podría acarrear, y resalta el importante papel que los instrumentos relacionados con la solidaridad y la protección social desempeñan en la mitigación de las repercusiones de las medidas aplicadas;

IX. Financiación 

33. Resalta que es necesario invertir anualmente unos 4 billones de dólares de los Estados Unidos en tecnologías de energía limpia hasta 2030 para poder alcanzar en 2050 el cero neto en emisiones8 y que, además, se prevé que la transformación mundial hacia una economía con bajas emisiones de carbono requerirá una inversión de al menos 4 a 6 billones de dólares al año;

34. Resalta también que el suministro de dicha financiación requerirá una transformación del sistema financiero y de sus estructuras y procesos, con la participación de gobiernos, bancos centrales, bancos comerciales, inversionistas institucionales y otros actores financieros;

35. Observa con preocupación la brecha creciente entre las necesidades de las Partes que son países en desarrollo, en particular debido a los efectos cada vez mayores del cambio climático y al aumento de su endeudamiento, y el apoyo prestado y movilizado para sus esfuerzos por implementar sus contribuciones determinadas a nivel nacional, resaltando que dichas necesidades se estiman actualmente en 5,8-5,9 billones de dólares de aquí a 2030;

36. Expresa suma preocupación porque aún no se ha cumplido el objetivo de las Partes que son países desarrollados de movilizar conjuntamente 100.000 millones de dólares anuales para 2020 en el contexto de una labor real de mitigación y de la transparencia en la aplicación, e insta a las Partes que son países desarrollados a que cumplan ese objetivo;

37. Pone de relieve que la aceleración del apoyo financiero a los países en desarrollo por parte de los países desarrollados y otras fuentes resulta fundamental para reforzar las medidas de mitigación y hacer frente a las desigualdades en el acceso a la financiación, que abarcan sus costos, sus condiciones y la vulnerabilidad de los países en desarrollo al cambio climático, y que aumentar las donaciones públicas para la mitigación y la adaptación destinadas a las regiones vulnerables, en particular el África Subsahariana, tendría una buena relación costo-eficacia y arrojaría un elevado rendimiento social en lo que respecta al acceso a la energía básica;

38. Observa que las corrientes mundiales de financiación para el clima son modestas en relación con las necesidades globales de los países en desarrollo, estimándose que dichas corrientes en 2019-2020 fueron de 803.000 millones de dólares, lo que representa entre el 31 % y el 32 % de la inversión anual necesaria para mantener el aumento de la temperatura mundial muy por debajo de los 2 oC o de limitarlo a 1,5 oC, y es una cifra también inferior a lo que cabría esperar a la luz de las oportunidades de inversión identificadas y del costo de no alcanzar las metas de estabilización del clima;

39. Insta a las Partes que son países desarrollados a que proporcionen un mayor apoyo, entre otras cosas mediante recursos financieros, transferencia de tecnología y fomento de la capacidad, a las Partes que son países en desarrollo para prestarles asistencia tanto en la mitigación como en la adaptación, y seguir cumpliendo así sus obligaciones en virtud de la Convención, y alienta a otras Partes a que presten o sigan prestado este tipo de apoyo a título voluntario;

40. Pide a los accionistas de los bancos multilaterales de desarrollo y las instituciones financieras internacionales que reformen las prácticas y prioridades de los bancos multilaterales de desarrollo, alineen y multipliquen la financiación, simplifiquen el acceso a ella y movilicen la financiación para el clima procedente de diversas fuentes, y alienta a los bancos multilaterales de desarrollo a que definan una nueva visión y un modelo operacional, unos cauces y unos instrumentos acordes con el propósito de hacer frente adecuadamente a la emergencia climática mundial, lo que ha de incluir el despliegue de un conjunto completo de instrumentos, desde las donaciones hasta las garantías e instrumentos que no acarreen deuda, teniendo en cuenta la carga de la deuda, y a que aborden la cuestión del apetito de riesgo, con vistas a aumentar sustancialmente la financiación para el clima;

41. Pide a los bancos multilaterales de desarrollo que contribuyan a aumentar significativamente la ambición climática valiéndose de todo su abanico de instrumentos políticos y financieros a fin de obtener mayores resultados, por ejemplo en lo que respecta a la movilización de capital privado, y que velen por una mayor eficiencia financiera y maximicen el recurso a los vehículos existentes de financiación en condiciones de favor y de capital riesgo para impulsar la innovación y acelerar los resultados;

42. Pone de relieve las dificultades constantes que experimentan numerosas Partes que son países en desarrollo para acceder a la financiación para el clima y alienta a que se redoblen los esfuerzos, incluidos los realizados por las entidades encargadas del funcionamiento del Mecanismo Financiero, para simplificar el acceso a dicha financiación;

43. Toma nota del informe sobre la determinación de las necesidades de las Partes que son países en desarrollo en relación con la aplicación de la Convención y el Acuerdo de París y, en este contexto, insta a las Partes que son países desarrollados a que proporcionen recursos para la segunda reposición del Fondo Verde para el Clima de modo que se observe una progresión con respecto a la anterior reposición y lo hagan en consonancia con la capacidad de programación del Fondo;

X. Transferencia y despliegue de tecnología

44. Acoge con aprecio el primer programa de trabajo conjunto del Comité Ejecutivo de Tecnología y del Centro y Red de Tecnología del Clima para 2023-2027, que facilitará el cambio transformador necesario para alcanzar los objetivos de la Convención y del Acuerdo de París, invita a las Partes y a los interesados a cooperar e implicarse con el Comité Ejecutivo de Tecnología y con el Centro y Red de Tecnología del Clima para apoyar la ejecución de las actividades del programa de trabajo conjunto, en particular en lo que respecta a las evaluaciones de las necesidades de tecnología, los planes de acción y las hojas de ruta, toma conocimiento de las conclusiones del informe final sobre la primera evaluación periódica de la eficacia e idoneidad del apoyo prestado al Mecanismo Tecnológico en su labor de respaldo a la aplicación del Acuerdo de París y decide que las dificultades principales que en él se señalan deberían examinarse en el marco del balance mundial;

45. Resalta la importancia de la cooperación en materia de desarrollo y transferencia de tecnología e innovación para la ejecución de las actividades del programa de trabajo conjunto;

46. Acoge con beneplácito las conclusiones adoptadas con visión de futuro por el Órgano Subsidiario de Ejecución, según las cuales seguirá examinando el asunto del programa estratégico de Poznan sobre transferencia de tecnología en su 61er período de sesiones (noviembre de 2024) con el fin de apoyar la ejecución de actividades en este ámbito, como las indicadas y priorizadas en las contribuciones determinadas a nivel nacional, los planes nacionales de adaptación, las evaluaciones de las necesidades de tecnología y los planes de acción tecnológica de los países en desarrollo, así como en sus estrategias a largo plazo;

XI. Fomento de la capacidad

47. Observa que todavía existen carencias y necesidades en materia de capacidad en los países en desarrollo y pide a las Partes que son países desarrollados que aumenten el apoyo a las intervenciones de fomento de la capacidad de larga duración impulsadas por los propios países, a fin de mejorar la eficacia, los resultados y la sostenibilidad de dichas intervenciones;

XII. Balance

48. Hace notar la importancia del examen periódico del objetivo mundial a largo plazo en el marco de la Convención y acoge con beneplácito la adopción de la decisión 21/CP.27, sobre el segundo examen periódico del objetivo mundial a largo plazo en el marco de la Convención y de los progresos generales realizados en su consecución;

XIII. Océanos

49. Acoge con beneplácito los resultados y los mensajes clave del diálogo sobre los océanos y el cambio climático de 2022 y decide que, a partir de 2023, los futuros diálogos estarán a cargo de dos cofacilitadores, seleccionados por las Partes bienalmente, que se ocuparán de decidir los temas del diálogo y de dirigirlo, en consulta con las Partes y los observadores, y de preparar un informe resumido oficioso que se presentará coincidiendo con el siguiente período de sesiones de la Conferencia de las Partes;

50. Alienta a las Partes a que, según proceda, tengan en consideración la acción basada en los océanos en sus objetivos climáticos nacionales y en la labor destinada a lograrlos, lo que incluye, entre otras cosas, las contribuciones determinadas a nivel nacional, las estrategias a largo plazo y las comunicaciones sobre la adaptación;

XIV. Bosques

51. Recuerda que, en el contexto del suministro de un apoyo adecuado y previsible a las Partes que son países en desarrollo, las Partes deberían proponerse colectivamente el objetivo de frenar, detener y revertir la pérdida de cubierta forestal y de carbono, en función de sus circunstancias nacionales y con arreglo al objetivo último de la Convención, enunciado en su artículo 2;

52. Alienta a las Partes a que, según proceda, tengan en consideración las soluciones basadas en la naturaleza o los enfoques basados en los ecosistemas, teniendo en cuenta la resolución 5/5 de la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente21, en relación con sus medidas de mitigación y adaptación, preservando al mismo tiempo las salvaguardias sociales y ambientales pertinentes;

XV. Agricultura

53. Acoge con beneplácito el establecimiento de la labor cuatrienal conjunta de Sharm el-Sheikh sobre la implementación de la acción climática para la agricultura y la seguridad alimentaria, así como el establecimiento del portal en línea de Sharm el-Sheikh en el marco de la labor conjunta, por medio de la decisión 3/CP.27;

XVI. Refuerzo de la implementación: intervención de los interesados que no son Partes

54. Reconoce la participación de los interesados que no son Partes en la acción climática, que complementa y amplía dicha acción, y al mismo tiempo considera crucial el papel de los gobiernos en la acción contra el cambio climático en el marco de la Convención, el Protocolo de Kyoto y el Acuerdo de París;

55. Reconoce la importante contribución de los pueblos indígenas, las comunidades locales y la sociedad civil, incluidos los jóvenes y los niños, a la labor para hacer frente al cambio climático y darle respuesta, y resalta la necesidad urgente de una acción cooperativa y a múltiples niveles a este respecto;

56. Hace notar la adopción del plan de acción del programa de trabajo de Glasgow sobre la Acción para el Empoderamiento Climático mediante la decisión 23/CP.27;

57. Alienta a las Partes a que aumenten la participación plena, genuina e igualitaria de las mujeres en la acción climática y a que velen por que la labor y los medios de aplicación respondan a las cuestiones de género, entre otras cosas ejecutando íntegramente el programa de trabajo de Lima sobre el género y su plan de acción sobre el género, con el fin de aumentar la ambición climática y lograr los objetivos de la acción climática;

58. Invita a las Partes a que proporcionen apoyo a los países en desarrollo para emprender acciones relacionadas con el género y aplicar el plan de acción sobre el género;

59. Reconoce el papel de los niños y los jóvenes como agentes de cambio en la labor destinada a hacer frente y dar respuesta al cambio climático y alienta a las Partes a que incluyan a los niños y los jóvenes en sus procesos de diseño y aplicación de políticas y medidas relacionadas con el clima, y, según proceda, a que estudien la posibilidad de incluir a representantes y negociadores jóvenes en sus delegaciones nacionales, habida cuenta de la importancia de la equidad intergeneracional y de mantener la estabilidad del sistema climático para las generaciones futuras;

60. Expresa su aprecio a la Presidencia del 27o período de sesiones de la Conferencia de las Partes por su liderazgo en la promoción de la participación plena, genuina e igualitaria de los niños y los jóvenes, en particular mediante la organización conjunta del primer foro sobre el clima dirigido por jóvenes (el diálogo juvenil sobre el clima de Sharm el-Sheikh), la acogida del primer pabellón de la infancia y la juventud y el nombramiento del primer enviado para la juventud de una Presidencia de la Conferencia de las Partes, y alienta a las futuras Presidencias entrantes de la Conferencia de las Partes a que estudien la posibilidad de hacer lo mismo;

61. Expresa su aprecio a la agrupación de la infancia y la juventud por haber organizado el diálogo juvenil sobre el clima de Sharm el-Sheikh en colaboración con la Presidencia del 27o período de sesiones de la Conferencia de las Partes y hace notar los resultados de la 17a Conferencia de la Juventud, organizada por la agrupación y celebrada en Sharm el-Sheikh en noviembre de 2022;

62. Alienta a las Partes y a los interesados que no son Partes a que participen activamente en la Alianza de Marrakech para la Acción Mundial sobre el Clima;

63. Acoge con beneplácito el liderazgo mostrado por la Presidencia de la Conferencia de las Partes y los paladines de alto nivel, en particular en el contexto de la Agenda de la Adaptación de Sharm el-Sheikh y de la Agenda de Ruptura, así como la colaboración entre las Partes y los interesados que no son Partes, y pone de relieve la necesidad de mantener una aceleración y colaboración continuadas;

64. Acoge con beneplácito las recomendaciones del Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre los Compromisos de Cero Emisiones Netas de las Entidades No Estatales, puesto en marcha por el Secretario General de las Naciones Unidas en marzo de 2022, que están diseñadas para mejorar la transparencia y la rendición de cuentas respecto de las promesas de las empresas, los inversores, las ciudades y las regiones sobre el clima, así como de los avances en su cumplimiento;

65. Invita a la secretaría a velar por una mayor rendición de cuentas en relación con las iniciativas voluntarias a través de la plataforma Zona de los Actores No Estatales para la Acción Climática;

66. Acoge con beneplácito la convocatoria de cinco foros regionales dirigidos por el Presidente del 27o período de sesiones de la Conferencia de las Partes y los paladines de alto nivel, en colaboración con las Comisiones Económicas Regionales de las Naciones Unidas, dedicados a las iniciativas para la financiación de la acción climática y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

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