Informe de la Junta del Fondo de Adaptación

Decisión 2/CMP.12

Informe de la Junta del Fondo de Adaptación

Temas
Etiquetas 
Sesión 
CMP12
Year 
2016

Gender reference

1. Toma nota de la información, las medidas y las decisiones relativas al Fondo de Adaptación que figuran a continuación, señaladas en el informe de la Junta del Fondo de Adaptación y en el informe oral presentado por el Presidente de la Junta en noviembre de 2016: 

h) La aprobación de la política de género y el plan de acción del Fondo de Adaptación;

Elaborated language

La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto,

Recordando las decisiones 1/CMP.3, 2/CMP.10 y 1/CMP.11,

Recordando también la decisión 1/CP.21,

Tomando conocimiento del informe anual de la Junta del Fondo de Adaptación1 ,

1. Toma nota de la información, las medidas y las decisiones relativas al Fondo de Adaptación que figuran a continuación, señaladas en el informe de la Junta del Fondo de Adaptación y en el informe oral presentado por el Presidente de la Junta en noviembre de 2016:

a) La acreditación de 25 entidades de realización nacionales que pueden acceder directamente a los recursos del Fondo de Adaptación, 4 de las cuales fueron acreditadas durante el período que abarca el informe; y la acreditación de 6 entidades de realización regionales, 2 de ellas durante el período que abarca el informe;

b) La aprobación de proyectos y programas por un importe acumulado de 358 millones de dólares al 9 de noviembre de 2016;

c) La disponibilidad de 230,5 millones de dólares en concepto de fondos para la aprobación de financiación nueva al 17 de noviembre de 2016;

d) La aprobación de seis propuestas de proyectos/programas presentadas por las entidades de realización, por un valor total de 36,8 millones de dólares, entre ellas cuatro propuestas presentadas por entidades de realización nacionales, por un valor total de 19,2 millones de dólares;

e) El ingreso en el Fondo Fiduciario del Fondo de Adaptación de un importe acumulado de 546,9 millones de dólares;

f) La institucionalización del programa de preparación para el acceso directo a la financiación relacionada con el clima como componente permanente de las operaciones del Fondo de Adaptación, y la aprobación de ayudas a la cooperación Sur-Sur por valor de 242.347 dólares, para Guinea, Malawi, Sierra Leona y Zimbabwe, y de donaciones de asistencia técnica por valor de 118.000 dólares, para Benin, Costa Rica, los Estados Federados de Micronesia, Panamá, el Senegal y Sudáfrica;

g) La aprobación de los primeros conceptos preliminares y desarrollados en el marco del programa piloto para proyectos y programas regionales, así como la decisión de la Junta del Fondo de Adaptación de ampliar la oportunidad de presentar propuestas regionales más allá del programa piloto;

h) La aprobación de la política de género y el plan de acción del Fondo de Adaptación; i) El estudio en curso de los vínculos entre el Fondo de Adaptación y el Fondo Verde para el Clima; 

j) El hecho de que, en vista de la entrada en vigor del Acuerdo de París antes de lo previsto, los plazos que figuran en los párrafos 59 y 60 de la decisión 1/CP.21 y en los párrafos 8 y 9 de la decisión 1/CMP.11 podrían no ser compatibles;

2. Decide renovar los arreglos institucionales provisionales con el Fondo para el Medio Ambiente Mundial como secretaría provisional de la Junta del Fondo de Adaptación por otros tres años, del 30 de mayo de 2017 al 30 de mayo de 2020;

3. Decide también reformular las condiciones de los servicios que habrá de prestar el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (el Banco Mundial) como administrador fiduciario provisional del Fondo de Adaptación y prorrogar el mandato de los servicios del Administrador Fiduciario por un período adicional de tres años, del 30 de mayo de 2017 al 30 de mayo de 2020;

4. Acoge con beneplácito las promesas financieras formuladas y las contribuciones aportadas al Fondo de Adaptación por los Gobiernos de Alemania, Italia, Suecia y las regiones belgas de Flandes y Valonia, por valor de 81 millones de dólares;

5. Toma nota de la estrategia de movilización de recursos de la Junta del Fondo de Adaptación;

6. Toma nota con preocupación de las cuestiones relacionadas con la sostenibilidad, suficiencia y previsibilidad de la financiación del Fondo de Adaptación a la luz de la incertidumbre que reina actualmente con respecto a los precios de las reducciones certificadas de las emisiones, las unidades de la cantidad atribuida y las unidades de reducción de las emisiones;

7. Observa que la escala de los fondos necesarios para la ejecución de los proyectos que se están tramitando activamente se estima en 233,5 millones de dólares y que el total de los fondos disponibles actualmente para proyectos nuevos es de 230,5 millones de dólares, lo que representa un déficit de financiación de 3 millones de dólares;

8. Alienta a las Partes que son países desarrollados a que aumenten los recursos financieros aportados para la ejecución de los proyectos de adaptación que el Fondo de Adaptación está tramitando activamente;

9. Alienta también a que se preste un apoyo voluntario que sea adicional a la parte de los fondos devengados de las actividades de proyectos del mecanismo para un desarrollo limpio, con el fin de respaldar los esfuerzos de movilización de recursos efectuados por la Junta del Fondo de Adaptación, con miras a reforzar el Fondo;

10. Alienta además a la Junta del Fondo de Adaptación a que, al ejecutar su estrategia de movilización de recursos, siga estudiando todas las posibles fuentes de financiación;

11. Alienta a la Junta del Fondo de Adaptación a que prosiga su examen de los vínculos entre el Fondo de Adaptación y otros fondos, incluido el Fondo Verde para el Clima, y a que presente un informe sobre sus conclusiones a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto en su 13er período de sesiones (noviembre de 2017);

12. Resalta las conclusiones de la primera etapa de una evaluación general independiente del Fondo de Adaptación2 , entre ellas las siguientes:

a) El Fondo de Adaptación ha sido pionero en varias cuestiones relacionadas con la financiación para la adaptación y está satisfaciendo las necesidades de los países en desarrollo, incluidas las relativas al acceso directo;

b) El diseño del Fondo de Adaptación y sus procesos operacionales son eficientes y en gran medida coherentes con la orientación de la Convención y las prioridades de adaptación nacionales;

c) El Fondo de Adaptación ha permitido a los países avanzar en la aplicación de medidas importantes en los planos nacional y subnacional, vinculándolas a la formulación de las políticas nacionales;

d) Las políticas adoptadas por el Fondo de Adaptación han creado una base sólida para su funcionamiento eficaz;

13. Toma nota de la información proporcionada por la Junta del Fondo de Adaptación sobre el valor añadido que aporta el Fondo de Adaptación para la puesta en práctica del Acuerdo de París, que figura en la adición del anexo I del informe de la Junta del Fondo de Adaptación;

14. Invita a la Conferencia de las Partes a que señale a la atención del Grupo de Trabajo Especial sobre el Acuerdo de París la información a que se hace referencia en el párrafo 13 supra

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