La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París,
Recordando el artículo 9 del Acuerdo de París,
Recordando también las decisiones 1/CP.21, párrafos 53 y 63, 14/CMA.1 y -CP.251 ,
1. Toma nota del informe del Comité Permanente de Financiación a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París en su segundo período de sesiones y de las recomendaciones que contiene ;
2. Da su apoyo al plan de trabajo3 del Comité Permanente de Financiación para 2020 y subraya la importancia de que este Comité centre la labor que llevará a cabo en 2020 con arreglo a sus actuales mandatos;
3. Toma nota de los resultados de los debates del Comité Permanente de Financiación sobre la evaluación y reseña general bienal de 2020 de las corrientes de financiación para el clima y el informe sobre la determinación de las necesidades de las Partes que son países en desarrollo respecto de la aplicación de la Convención y el Acuerdo de París, así como de los respectivos planes de trabajo, actividades de divulgación y calendarios indicativos, con miras a su preparación ;
4. Expresa su reconocimiento a los Gobiernos de Alemania, Australia, Bélgica, Filipinas, Noruega y Suiza por las contribuciones financieras efectuadas para apoyar la labor del Comité Permanente de Financiación;
5. Acoge con beneplácito el Foro del Comité Permanente de Financiación de 2019, dedicado al tema “Financiación para el clima y ciudades sostenibles”, con especial atención en lograr una mejor comprensión de la forma de acelerar la movilización y el suministro de esa financiación para el desarrollo de ciudades sostenibles, y toma nota del informe resumido del Foro;
6. Expresa su agradecimiento a los Gobiernos de Australia, el Líbano y Noruega, así como a la Comisión Económica y Social para Asia Occidental, la Unión por el Mediterráneo y el Banco Islámico de Desarrollo, por su apoyo financiero, administrativo y sustantivo, que contribuyó al éxito del Foro del Comité Permanente de Financiación de 2019;
7. Acoge con satisfacción la decisión del Comité Permanente de Financiación relativa al tema de su Foro de 2020, a saber, “Financiación de soluciones basadas en la naturaleza”;
8. Toma nota de las aportaciones realizadas por el Comité Permanente de Financiación al documento técnico sobre la definición de las fuentes del apoyo financiero para hacer frente a las pérdidas y los daños y sobre las modalidades para acceder a dicho apoyo ;
9. Alienta al Comité Permanente de Financiación a que presente, en la medida de lo posible, información desglosada relativa, entre otras cosas, al mapeo de los datos disponibles y de las lagunas de datos por sector, la evaluación de las corrientes de financiación para el clima y la presentación de información sobre la determinación de las necesidades de las Partes que son países en desarrollo en lo que se refiere a la aplicación de la Convención y el Acuerdo de París;
10. Recalca la importante contribución del Comité Permanente de Financiación en lo referente a las definiciones operativas de la financiación para el clima, e invita a las Partes a que presenten a través del portal destinado a las comunicaciones , a más tardar el 30 de abril de 2020, sus opiniones sobre esas definiciones para que el Comité Permanente de Financiación las examine con miras a intensificar su labor técnica relativa a este asunto en el contexto de la preparación de su evaluación y reseña general bienal de 2020 de las corrientes de financiación para el clima;
11. Toma nota del plan de divulgación estratégica8 del Comité Permanente de Financiación sobre el fomento de la participación de los interesados;
12. Alienta al Comité Permanente de Financiación a que, al ejecutar su plan de divulgación estratégica, se base en las iniciativas existentes para establecer contacto con las Partes que son países en desarrollo y con los interesados pertinentes de los países en desarrollo en el marco de la generación de datos e información para determinar las necesidades de las Partes que son países en desarrollo en relación con la aplicación de la Convención y del Acuerdo de París;
13. Aguarda con interés las aportaciones que pueda realizar el Comité Ejecutivo del Mecanismo Internacional de Varsovia para las Pérdidas y los Daños relacionados con las Repercusiones del Cambio Climático a la labor del Comité Permanente de Financiación para que este las examine al preparar los elementos de las orientaciones preliminares para las entidades encargadas del funcionamiento;
14. Alienta al Comité Permanente de Financiación a que siga intensificando sus esfuerzos para garantizar la receptividad a las cuestiones de género al ejecutar su plan de trabajo;
15. Pone de relieve la importancia de que las deliberaciones y los procesos de adopción de decisiones del Comité Permanente de Financiación sean transparentes;
16. Toma nota del nombramiento de coordinadores del Comité Permanente de Financiación para que actúen de enlace con los otros órganos constituidos en virtud de la Convención y del Acuerdo de París;
17. Decide iniciar el examen de las funciones9 del Comité Permanente de Financiación relativas al Acuerdo de París, en el marco del examen a que se hace referencia en la decisión -/CP.2510, con miras a concluirlo en su quinto período de sesiones (noviembre de 2022);
18. Pide al Comité Permanente de Financiación que informe a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París en su tercer período de sesiones (noviembre de 2020) acerca de los progresos realizados en la ejecución de su plan de trabajo;
19. Pide también que las medidas solicitadas al Comité Permanente de Financiación en la presente decisión se lleven a efecto con sujeción a la disponibilidad de recursos financieros.