La Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto,
Recordando las decisiones 1/CMP.8, 2/CMP.13 y 4/CMP.16, Reiterando la importancia crucial del Fondo de Adaptación como cauce esencial del apoyo a las medidas de adaptación y como pionero del acceso directo a la financiación para la adaptación, así como su dedicación a financiar la totalidad de los costos de proyectos y programas de adaptación concretos en los países en desarrollo,
Observando con preocupación que persisten los problemas relacionados con la sostenibilidad, la suficiencia y la previsibilidad de la financiación procedente del Fondo de Adaptación, habida cuenta de los precios actuales de las reducciones certificadas de las emisiones, que afectan a la capacidad del Fondo de cumplir su mandato,
Constatando la importancia de que se aplique íntegramente el artículo 6 del Acuerdo de París en el contexto del aumento de la movilización de los recursos del Fondo de Adaptación,
1. Toma nota del documento técnico sobre el cuarto examen del Fondo de Adaptación (referido al período de 2018 a 2021)1 , que se elaboró atendiendo al mandato establecido para el examen ;
2. Acoge con beneplácito los resultados positivos y el desempeño del Fondo de Adaptación, así como su pertinencia, eficiencia y eficacia;
3. Reconoce las ventajas comparativas que ofrece el Fondo de Adaptación, que incluyen la rapidez de la aprobación de los proyectos, la colaboración estratégica con los interesados del ámbito subnacional, los diversos beneficios desde el punto de vista institucional, la eficiencia de los arreglos institucionales, la mayor implicación nacional en el proceso de financiación, las modalidades de acceso directo y regional y los programas de apoyo a la preparación;
4. Reconoce también las lecciones aprendidas y los progresos realizados desde el tercer examen del Fondo de Adaptación, como son la puesta en marcha de nuevas ventanillas de financiación, el crecimiento de la cartera de proyectos del Fondo y la actualización de las políticas de género y de evaluación del Fondo, al tiempo que constata las oportunidades de mejora con respecto a, entre otras cosas, los instrumentos, las ventanillas financieras y la gestión del conocimiento;
5. Alienta al Fondo de Adaptación a intensificar sus actividades en curso relacionadas con la promoción de medidas de resiliencia, la mejora de las políticas y la reglamentación, la innovación y el desarrollo y la difusión de prácticas, herramientas y tecnologías de adaptación innovadoras;
6. Acoge con beneplácito el aumento de las contribuciones al Fondo de Adaptación durante el período correspondiente al cuarto examen, en comparación con el período anterior ;
7. Observa con preocupación las promesas de contribución al Fondo de Adaptación aún pendientes e insta a las Partes que no hayan cumplido sus promesas a que lo hagan lo antes posible;
8. Destaca la importancia de las contribuciones al Fondo de Adaptación, en particular en el contexto del llamamiento a las Partes que son países desarrollados para que, de aquí a 2025, dupliquen como mínimo su aporte colectivo de financiación climática para la adaptación destinada a los países en desarrollo con respecto a los niveles de 2019, en el contexto del logro de un equilibrio entre la mitigación y la adaptación en el suministro de un mayor nivel de recursos financieros, recordando el artículo 9, párrafo 4, del Acuerdo de París, como se les insta a hacer en la decisión 1/CMA.3, párrafo 18;
9. Pide que se sigan haciendo y aumenten las contribuciones voluntarias de recursos financieros al Fondo de Adaptación;
10. Constata la importancia de seguir aumentando la previsibilidad de los recursos canalizados a través del Fondo de Adaptación;
11. Constata también que las contribuciones plurianuales al Fondo de Adaptación dan mayor previsibilidad a su financiación, reconoce que algunas Partes que son países desarrollados ya se han comprometido a hacer contribuciones plurianuales al Fondo y alienta a que se hagan más contribuciones plurianuales al Fondo;
12. Hace notar la estrategia de movilización de recursos del Fondo de Adaptación (2017-2020) , en la que por primera vez se alude a los gobiernos subnacionales, al sector privado y a las fundaciones benéficas como posibles fuentes adicionales de financiación para el Fondo de Adaptación, y alienta a la Junta del Fondo de Adaptación a que prosiga sus esfuerzos por movilizar financiación de fuentes diversas en el marco de su próxima estrategia de movilización de recursos (2022-2025) ;
13. Alienta también a la Junta del Fondo de Adaptación a seguir mejorando el acceso al Fondo, adoptando, entre otras, las siguientes medidas:
a) Reforzar la colaboración con las entidades de realización nacional y prestarles apoyo para fomentar su capacidad institucional;
b) Agilizar el desembolso de las subvenciones para la adaptación ya aprobadas;
c) Seguir reforzando la coherencia y la complementariedad entre el Fondo de Adaptación y otras instituciones que financian proyectos y programas de adaptación, como el Fondo Verde para el Clima, a fin de facilitar la simplificación de las modalidades de acceso, según proceda, entre otras cosas para la acreditación, y la aplicación a mayor escala de los proyectos del Fondo de Adaptación;
d) Seguir mejorando la cobertura geográfica y temática en la acreditación de entidades de realización nacionales y regionales;
14. Pide a la Junta del Fondo de Adaptación que incluya en su informe anual a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto en su 18º período de sesiones y a la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Acuerdo de París en su 5º período de sesiones (noviembre-diciembre de 2023) información sobre los resultados reales agregados de los proyectos y programas financiados por el Fondo de Adaptación, en particular atendiendo a los cinco indicadores básicos del Fondo, y que acompañe dicha información de un análisis cualitativo de los éxitos, las dificultades y las lecciones aprendidas;
15. Pide también a la Junta que someta a examen y actualice la política de salvaguardias ambientales y sociales del Fondo de Adaptación, según sea necesario;
16. Pide además a la Junta que incorpore en los recursos proporcionados por el Fondo de Adaptación una mayor receptividad a las cuestiones de género;
17. Invita a la Junta a estudiar formas de reforzar la colaboración del Fondo de Adaptación con el sector privado para aumentar la participación de este en las medidas de adaptación;
18. Observa que algunos documentos de política y orientación y algunas actividades de apoyo a la preparación del Fondo a la Adaptación están disponibles o se llevan a cabo en varios idiomas oficiales de las Naciones Unidas, e invita a la Junta del Fondo de Adaptación a que siga reforzando la prestación de apoyo y la colaboración con los países a nivel regional;
19. Pide al Órgano Subsidiario de Ejecución que, en su 62º período de sesiones (junio de 2025), inicie el quinto examen del Fondo de Adaptación de conformidad con el mandato que figura en el anexo de la decisión 4/CMP.16, en su forma actual o enmendada, y que informe a sus órganos rectores en el período de sesiones que se convocará conjuntamente con el 31er período de sesiones de la Conferencia de las Partes (2026);
20. Observa que el Órgano Subsidiario de Ejecución recomendó7 que, en ulteriores exámenes del Fondo de Adaptación, se pidiera a la secretaría que preparara un documento técnico sobre el examen, en el que se incluyeran las aportaciones y comunicaciones de las Partes, para que el Órgano Subsidiario de Ejecución lo examinara en el período de sesiones siguiente a aquel en que se aprobara el correspondiente mandato, a fin de recabar una participación importante.